Así, con el depósito de cadáveres y resto de animales de producción procedentes de explotaciones ganaderas de esa zona atraía la presencia de aves necrófagas y facultativas -especialmente buitres leonados-.

     Con este "gancho" alquilaba a los turistas que visitan el Parque una caseta próxima al muladar, desde la cual podían filmar, fotografiar y observar la conducta de las aves mientras se alimentaban.

    Además, con la finalidad de evitar molestias, tanto a los turistas como a las aves, el denunciado había cortado el tránsito de un camino público de acceso al muladar, colocando una cadena en la vía y un cartel con la leyenda "No pasar, estamos fotografiando. Gracias".

    En el momento de la intervención, que se produjo el pasado 24 de abril, el Seprona identificó a dos ciudadanos italianos, a los que se les había ofertado la atracción turística, cuando realizaban fotografías desde el interior del cobertizo.

    La persona denunciada carecía de las autorizaciones medioambientales y sanitarias necesarias para la instalación del comedero, interrumpía arbitrariamente el normal tránsito por el camino público y prestaba servicios turísticos, a cambio de contraprestación económica, de forma irregular y como complemento a la actividad laboral que desempeñaba habitualmente.

    Las denuncias interpuestas por el Seprona han sido remitidas a los órganos con competencias sancionadores en materia medioambiental, sanitario y de turismo del Gobierno de Extremadura.

Un riesgo evidente de transmisión de enfermedades


    La Guardia Civil ha señalado que el establecimiento clandestino de muladares representa un "riesgo evidente" ante la posibilidad de transmisión de la enfermedad de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) o "mal de las vacas locas", tanto al ser humano como al resto de ejemplares de fauna silvestre, a partir de animales afectados.

     Por ello, los ejemplares de cabaña ganadera muertos en explotaciones ganaderas de cualquier tipo deben, obligatoriamente, eliminarse de forma inmediata, recurriendo a métodos como el enterramiento o la incineración, prohibiéndose el abandono incontrolado de estos cadáveres en los terrenos de campeo y alimentación naturales.

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