Lo que sí ha querido aclara la organización agraria es que puesto que el manejo de un tractor no es igual que el de un coche," sí será necesaria una formación sobre prevención de riesgos laborales, tal como prevé la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Pero ésta formación -determina dicha ley- solo podrá ser impartida por la empresa o el agricultor con sus propios medios o concertarla con servicios de prevención ajenos, es decir, empresas de prevención de riesgos laborales debidamente acreditadas, de las que Ley 31/1995, especifica que deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa agraria o al agricultor el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en la explotación, así como la formación e información de los trabajadores. Este tipo de formación no puede ser impartida, por tanto, por profesionales independientes, ni por empresas que carezca de autorización para actuar como servicios de prevención ajenos, pues ello supondría la realización de una actividad preventiva por quien carece de autorización para dedicarse a esta actividad".

    En cuanto a la posible gratuidad de cursos para obtener un carné con bonificaciones de los pagos a la Seguridad Social, Asja Córdoba informa de que las empresas agrarias disponen de al menos 420 euros para destinar a formación de sus trabajadores, en forma de bonificaciones, pero aconseja que dicha formación se utilice en la realización de cursos verdaderamente necesarios, por ejemplo, los de Aplicador de Plaguicidas o Biocidas para la higiene veterinaria, de Bienestar animal en el transporte… para los que sí es obligatorio disponer de un carné específico o certificado de competencias expedido por la Junta de Andalucía, estando previstas importantes sanciones en caso de no contar con ellos.

×