EFE.- Entre otros puntos, la ley recoge la celebración de una consulta directa y simultánea en España, convocada de forma periódica, y los agricultores podrán elegir a una de las organizaciones candidatas, que cubrirán los 10 puestos del Consejo Agrario de forma proporcional a los votos obtenidos mediante un sistema de circunscripción única.

El plazo para convocar la primera consulta, según el texto, será de 18 meses desde la entrada en vigor de la Ley e incorpora una disposición transitoria única que establece que el comité Asesor Agrario seguirá existiendo hasta que se constituya el nuevo Consejo Agrario.

La norma determina que serán organizaciones profesionales agrarias más representativas las que obtengan, al menos, un 15 % de los votos válidos emitidos en consulta en todo el Estado y, además, por lo menos un 5 % en seis comunidades autónomas.

En el documento, destaca también la inclusión del denominado capítulo IV, por el que se regula el Consejo Agroalimentario del Estado como un órgano colegiado consultivo.

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