Para no bovinos, el valor máximo a efectos de indemnización será de 0,22 euros/kg en Andalucía; 0,27 en Aragón; 0,3 en Asturias; 1,01 en Baleares; 0,69 en Canarias; 0,47 en Cantabria; 0,28 y 0,22 en Castilla La Mancha; 0,28 en Castilla y León; Cataluña, con 0,19 y 0,17; Extremadura con 0,28 y 0,26; Galicia, 0,37; La Rioja, 0,54; Madrid, 0,32; Murcia con 0,16; Navarra, 0,30 y Valencia 0,24.

    En bovinos, el valor máximo será de 0,37 en Andalucía; 0,52 en Aragón y Asturias; 1,01 en Baleares; 0,69 en Canarias; 0,47 en Cantabria; 0,28 y 0,22 en Castilla la Mancha; 0,28 en Castilla y León; 0,19 y 0,17 en Cataluña; 0,28 y 0,26 en Extremadura; 0,54 en Galicia y La Rioja; 0,60 en Madrid; 0,16 en Murcia; 0,30 en Navarra y 0,24 en Valencia.

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