Embajada Española en Washington.El comercio directo de productos agrarios del productor al consumidor, mediante diferentes tipos de mercados y sistemas productivos, está incrementándose de manera notable en Estados Unidos.

• En el contexto de la disputa ante la OMC sobre el empleo de hormonas en carne de vacuno, los Estados Unidos fueron autorizados a imponer sanciones a los productos europeos en represalia por la prohibición de exportar carne hormonaza a Europa.

En enero de 2009, tras varios años de sanciones, intentaron aplicar lo que se llama el carrusel: algunos productos se retiraban de las sanciones que se impusieron en 1999 y otros entraban.

Este cambio perjudicaba claramente a España.

• El 13 de mayo de 2009 se firma un MOU UE- Estados Unidos para tratar de iniciar la resolución del caso de las hormonas en carne de vacuno. Los Estados Unidos decidieron no aplicar las sanciones a los productos que pensaban retirar de la lista de 1999 y mantener las sanciones para el resto de los productos que quedaba de la lista original de 1999.

Es decir, el carrusel no solo no se aplicó, si no que el nivel de sanciones a los productos europeos se redujo.
La retirada de las sanciones a los productos que quedaban estaba condicionada a la entrada de la segunda fase del acuerdo en agosto de 2012.

• En junio de 2009 la Corte Americana de Comercio internacional, ante una demanda interpuesta por la Empresa Gilda Industries contra los Estado Unidos, da la razón a esta empresa indicando que las sanciones iniciadas en 1999 en el caso cobre el empleo de hormonas en carne de vacuno sólo podían continuar después de 8 años, es decir después de 29 de julio de 2007, si la industria americana hubiese solicitado al gobierno de los Estados Unidos la continuación de las mismas.

Dado que ese trámite no se produjo las sanciones impuestas después del 29 de julio de 2007 eran ilegales.

Otros tribunales americanos dieron la razón posteriormente a esta sentencia inicial de la Corte Americana de Comercio Internacional

• El gobierno de Estados Unidos ha decidido adelantar la eliminación de las sanciones que todavía quedaban a una fecha anterior a la inicialmente prevista en el MOU agosto de 2012- de tal manera que se eliminan las sanciones desde el 28 de mayo de 2011.

• La fecha efectiva de entrada en vigor de esta decisión es el 28 de mayo de 2011 y afecta tanto a los productos que entran a partir de esta fecha como a aquellos que entraron después del 29 de julio de 2007.

En estos últimos se devolverán los aranceles producto de las sanciones, pero solo afectará a un periodo de dos años desde que se interpuso la demanda de devolución.

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