El Supremo ha preguntado al Tribunal de Justicia de Luxemburgo si es acorde con el derecho de la UE la norma que establece que los cerdos ibéricos de cebo alimentados con piensos, en sistemas de explotación intensiva, tengan al menos dos metros cuadrados de pocilga y una edad mínima para el sacrificio de 10 meses.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha planteado esta cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea radicado en Luxemburgo para aclarar si dos artículos del decreto español sobre calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico deben o no ser anulados.

De este modo, la decisión del tribunal español dependerá de cómo interprete las normas mínimas para la protección de los cerdos Luxemburgo. Según ese criterio, se resolverá a su vez el recurso presentado contra el citado decreto por la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino (ANPROGAPOR).

La magistrada entiende que la norma española «encarece» el producto y es «más gravoso» que lo exigido en otros países

El apartado 1 del decreto recoge que los cerdos ibéricos de cebo que tengan más de 110 kilos de peso vivo deben disponer de una superficie mínima de suelo libre total por animal de 2 metros cuadrados, en su fase de cebo. En el apartado 2 se indica que la edad mínima para el sacrificio debe ser de diez meses.

En su auto, del que ha sido ponente la magistrada Celsa Pico Lorenzo, el Supremo plantea que estas normas encarecen «el producto de cerdo ibérico elaborado en España (y también el producto elaborado en cualquier país para su comercialización en España)».

Su producción, continúa la cuestión, «se ve sometida a unos costes superiores y más gravosos que los exigibles para la elaboración y la comercialización de los mismos productos en el extranjero».

Si los dos productos -elaborados en España y fuera- se presentan ante los consumidores europeos como productos similares, esto perjudica a los productores españoles para su labor de exportación al resto de la Unión Europea y, desde la perspectiva de las importaciones, perjudica a los productores europeos a la hora de comercializar sus productos en España, añade el tribunal.

(Fotos: .:ANVEPI:.)

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