EFE.- La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TS, a la que ha tenido acceso Efe, confirma la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en septiembre de 2008, que desestimó el recurso planteado por la citada Junta de Comunidades.

   En este primer recurso, Castilla-La Mancha impugnó la resolución del director general del Agua del Ministerio de Medio Ambiente de febrero de 2007, que autorizó el contrato de cesión temporal de derechos al uso privado de aguas públicas suscrito por las organizaciones de regantes en diciembre de 2006.

   El tribunal madrileño no le dio la razón, y respaldó la resolución administrativa, por lo que la Junta de Comunidades formuló un nuevo recurso, en este caso, ante el Tribunal Supremo, donde tampoco han prosperado sus pretensiones.

   El TS ha rechazado esta segunda reclamación porque "nada dice sobre la razón o razones jurídicas por las que la sentencia de instancia no haya llegado a apreciar que aquel acto incurriera en alguna infracción, ni nada, por ende, acerca de en qué o por qué se equivocan esa o esas razones en el concreto caso de autos".

   La Sala critica la parquedad del recurso y concluye con la desestimación del mismo, con imposición de costas a la parte recurrente.

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