El Real Decreto aprobado el viernes en Consejo de Ministros que modifica otros cuatro anteriores sobre la aplicación de la Política Agraria Común (PAC) en España a partir de 2015 ha entrado ya oficialmente en vigor de cara a esta nueva campaña, después de que el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) ha publicado en el BOE, este sábado día 30.

Se trata del Real Decreto 745/2016, por el que se modifican cuatro anteriores (1075, 1076, 1077 y 1078/2014) y se introducen ajustes en el sistema sobre pagos directos a la agricultura y la ganadería, y otros regímenes de ayuda.

Se adapta el concepto de «agricultor activo» a las interpretaciones de la Comisión Europea

Entre otros cambios, se adapta el concepto de «agricultor activo» a las interpretaciones de la Comisión Europea, «de tal forma que sean compatibles con el contexto y los objetivos del artículo 9 del Reglamento UE 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo».

PAC CAMBIOS NORMAS BOE 2Como resultado, los artículos originalmente numerados como 8 y 10 del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre «se modifican para permitir la correcta aplicación del citado precepto» y se traslada al artículo 91 de la misma norma la obligación de que «el solicitante se encuentre inscrito en los registros correspondientes, como requerimiento para la presentación de la solicitud única».

De acuerdo con el criterio manifestado por la Comisión Europea, se establece expresamente que, a efectos de las actividades excluidas de la percepción de pagos directos, se tendrá en cuenta no solo al solicitante, sino a las «entidades asociadas» vinculadas con el mismo, según recuerda el Real Decreto aprobado el viernes.

Así, sobre el «agricultor activo», el nuevo Real Decreto mantiene la exigencia prevista en el Reglamento europeo de que el beneficiario incluido en la denominada «lista negativa» deba contar con ingresos agrarios distintos de los pagos directos que supongan al menos el 20 % de los ingresos agrarios totales para recibir PAC.

Detalla las personas físicas que podrán recibir pagos directos de la PAC finalmente

La modificación realizada establece que, en caso de que no cumpliera ese requisito, se aplicaría como una situación de riesgo, exigiéndole que demuestre que ejerce la actividad agraria y asume el riesgo empresarial de la actividad que desempeña.

PAC CAMBIOS NORMAS BOE 4Asimismo, detalla que las personas físicas podrán recibir pagos directos de la PAC finalmente, aunque desarrollen actividades excluidas en principio de la percepción de las ayudas, si están dados de alta en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios.

En el ámbito de los jóvenes agricultores, se elimina la restricción existente por la que se limitaba la asignación de derechos de la reserva nacional o el pago complementario al porcentaje de participación del joven agricultor en la sociedad.

También se hacen mejoras en las cesiones de derechos de pago básico, para dar respuesta a situaciones específicas relacionadas con las expropiaciones de tierras agrícolas por parte de la administración, y con los procesos de concentración parcelaria.

Se derogan normas para transferencias y cesiones de derechos a prima y para el acceso a las reservas nacionales


En el régimen de los pequeños agricultores, se han introducido las modificaciones indicadas por Bruselas y, entre otras novedades, cambia la redacción de las causas de fuerza mayor debidas a una catástrofe natural para que el reconocimiento sea más rápido.

PAC CAMBIOS NORMAS BOE 3Por otra parte, el Ejecutivo deroga el Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, por el que se establecen normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos a prima y para el acceso a las reservas nacionales respecto a los productores de ovino y caprino y de los que mantienen vacas nodrizas, «por haber quedado sin contenido efectivo en su totalidad».

La materialización del «desacoplamiento total» de las primas al sector ovino y caprino desde el año 2010 y la incorporación al pago básico y a la ayuda asociada de los derechos de vaca nodriza a partir de 2015 «imposibilita materialmente que se pueda producir alguna cesión o reparto desde la reserva nacional de este tipo de derechos, al no estar recogidos en la nueva regulación de la Unión Europea (UE).

Por tanto, y «en aras de una mayor seguridad jurídica», se deroga expresamente dicha norma, concreta el Real Decreto, concluye.

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