La autorización del uso del logotipo “Raza autóctona”, de la que podrán beneficiarse 229 operadores que se incluyen en el pliego de condiciones, se concede para el queso y para carne de ovino, y se usará conjuntamente con las figuras de calidad.

     La Asociación ha mostrado su satisfacción y señalan que los productores, cuyos animales están inscritos en el Libro Genealógico y colaboran en el Programa de Mejora Genética, elaboran productos amparados por figuras de calidad de reconocido prestigio nacional e internacional (DOP “Queso Manchego” e IGP “Cordero Manchego”) basados exclusivamente en productos procedentes de la raza ovina manchega.

Logotipo Raza Autóctona

      La iniciativa del logotipo “raza autóctona” forma parte del plan de desarrollo del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las razas ganaderas, que cuenta entre sus prioridades estratégicas la utilización sostenible y vías alternativas de rentabilidad para las razas y sus productos y las actividades de difusión y divulgación de los recursos genéticos en la sociedad.

      Los responsables del uso correcto de este logotipo son las Asociaciones de criadores de razas puras oficialmente reconocidas, que son las garantes de que los animales y los productos comercializados al amparo de este logotipo sean de raza autóctona.

      Estas Asociaciones están solicitando de manera voluntaria el uso del logotipo “raza autóctona”, con el objeto de diferenciar exclusivamente los productos procedentes de esas razas españolas, consolidando la confianza del consumidor y poniendo en valor la calidad de los productos de estas razas.

     Toda la información relativa al logotipo “raza autóctona” se encuentra disponible en la página web del Sistema Nacional de Información de Razas (ARCA): http://www.magrama.gob.es/es/ganaderia/temas/zootecnia/razas-ganaderas/

 
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