Durante la defensa del Proyecto de Ley de declaración del Parque Nacional de las Cumbres de la Sierra de Guadarrama en el debate de las enmiendas a la totalidad en el Pleno del Congreso de los Diputados, el ministro ha apuntado que la declaración también tendrá un impacto económico positivo, “puesto que la gestión del Parque promoverá la generación de empleo y propiciará el desarrollo social y económico de las zonas afectadas”.

Según ha expuesto el ministro, con la declaración como Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, el Gobierno persigue proteger bajo esta figura un total de 33.664 hectáreas, pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Madrid (21.740 has.) y de Castilla y León (11.924 has.). Según ha destacado el ministro, la Sierra de Guadarrama posee unas características naturales y culturales que, sin duda, “le hacen merecedora de una protección específica al más alto nivel”.

De esta manera, Miguel Arias Cañete ha explicado como gran parte del espacio que va a conformar este Parque Nacional ha sido objeto de protección mediante las figuras de Parque Natural de la Cumbre, Circo y Lagunas de Peñalara, el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y el Parque Natural Sierra Norte de Guadarrama. Además, parte de su ámbito son espacios de la Red Natura 2000, la Cuenca Alta del Manzanares está dentro de la Reserva de Biosfera declarada por la UNESCO; y los Humedales del Macizo de Peñalara están incluidos en la lista de humedales de importancia internacional del convenio de Ramsar.

Para resaltar la importancia de este espacio, Arias Cañete también ha indicado que de los 27 grandes sistemas naturales españoles que figuran en el anejo de la Ley de la Red de Parques, en la zona propuesta se han identificado nueve de ellos, que ocupan aproximadamente un total de 30.503 has., lo que supone el 91% de la superficie del futuro Parque. Igualmente se han cartografiado 25 hábitats de interés comunitario, de los que cuatro son hábitats prioritarios. Al mismo tiempo, “se garantizará la compatibilidad de la protección con las necesidades de desarrollo propias de los núcleos urbanos que se encuentran en su área de influencia socioeconómica”, ha apuntado.

USOS EN EL INTERIOR DEL PARQUE

Por otro lado, Arias Cañete ha indicado que se incluye como novedad la clasificación de los usos presentes en el interior del parque en el momento de la declaración, en las categorías de compatible con su conservación, necesaria para la gestión e incompatible.

En este sentido, Arias Cañete ha recalcado que, “aunque los Parques Nacionales nacen con una voluntad clara y contundente de conservación, son espacios naturales que se encuentran al servicio del conocimiento y el disfrute de los ciudadanos”. Se trata, ha añadido el ministro, “de lugares abiertos para ser visitados, y uno de los principios básicos de su gestión radica en hacer compatible la conservación con el uso público de los mismos”.

A este respecto, Arias Cañete ha señalado que los Parques Nacionales “deben ser capaces de ofrecer ciertas formas de aprovechamiento y de permitir una gestión más abierta a la sociedad”. Por este motivo, “tenemos que admitir y regular sus usos de manera diferente sin poner en peligro la conservación de sus recursos naturales”, para lo que se hace necesario integrar en su gestión tanto a los habitantes más próximos como a ciertos colectivos y asociaciones, “cuya aportación supone un valor añadido a nuestra actuación”.

GESTIÓN DEL PARQUE NACIONAL

Miguel Arias Cañete ha recordado que la gestión ordinaria y habitual corresponde, en sus respectivos ámbitos territoriales, a las Comunidades Autónomas de Madrid y de Castilla y León, reservándose el Estado las potestades de coordinación correspondientes. Según ha indicado el ministro, “el Estado no puede desentenderse en absoluto de la ejecución autonómica de la legislación estatal”. De ahí la importancia de esta función coordinadora, que se materializa en la creación de una Comisión de Coordinación adscrita al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de la que forman parte ambas representantes del Estado y de ambas Comunidades Autónomas.

Por último, el ministro ha asegurado que este Parque Nacional “nace con una clara vocación de aumentar su superficie”, dado el “altísimo valor medioambiental de algunas fincas limítrofes que, antes o después, podrían llegar a formar parte del espacio protegido”. Para ello, esta ley habilita a las Administraciones para adoptar medidas tendentes al aumento progresivo de la propiedad pública en el interior del Parque y en su zona periférica de protección.

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