La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha advertido de que si se rebajan de 25 a 15 años la vida de las plantas de purines para poder recibir retribución, se excluiría a más de la mitad de las 33 existentes, que alcanzarían o superarían ese tiempo antes de finalizar el año.

El organismo ha publicado este martes 25 su informe sobre la propuesta de orden de parámetros retributivos para instalaciones tipo de tratamiento y reducción de purines, y su actualización para el periodo 2017-2019.

El nuevo proyecto de orden del Ministerio de Energía responde a las sentencias del Tribunal Supremo que en junio de 2016 declararon nulos algunos elementos que formaban parte de la retribución a las plantas de tratamiento de purines porcinos.

Si Energía aplica la ordenanza, en 2017 más de la mitad de las instalaciones de España habrán alcanzado ese tiempo o lo habrán superado

Además, el Alto Tribunal consideró que la orden de 2014 de parámetros retributivos ignoró las «singularidades» que la anterior normativa había reconocido a estas instalaciones con respecto a las de cogeneración.

En el informe sobre la nueva propuesta de orden del Ministerio de Energía, la CNMC advierte de que si se reduce la vida útil regulatoria -aquella durante la cual las plantas tienen derecho a recibir retribución- de veinticinco años a quince, antes de finalizar 2017 más de la mitad de las 33 instalaciones que hay en España habrán alcanzado ese tiempo o lo habrán superado.

El organismo de competencia ha recordado que, además, muchas de esas instalaciones, de gran importancia para prevenir el impacto medioambiental que tendrían unos residuos como los purines en caso de filtración en el subsuelo, han estado inactivas durante gran parte de 2014, así como en 2015 y 2016.

También ha señalado que el Ministerio ha considerado para calcular la nueva vida útil regulatoria de 15 años que una planta de tratamiento de purines funciona 8.000 horas al año, una cota de actividad que alcanzaban pocas, incluso antes de la reforma regulatoria de 2014, ya que eso supondría estar funcionando de forma constante y a plena carga durante once meses de producción ininterrumpida.

Competencia considera que los cambios propuestos por el Ministerio «no estarían adecuadamente justificados»

La CNMC ha recordado al Ministerio de Energía que la sentencia del Tribunal Supremo no requiere que se modifique la vida útil de las plantas y que los cambios propuestos «no estarían adecuadamente justificados».

En cuanto a los precios del gas natural que tiene en cuenta la propuesta de orden para retribuir la operación de las instalaciones de tratamiento de purines, la CNMC considera que se debe adoptar un «criterio homogéneo» para que en cada momento se utilice el mejor valor disponible, en función de datos reales siempre que sea posible.

Ha añadido que el proyecto de orden incluye una serie de precios reales y estimados, lo que podría provocar que el ajuste por las bajadas en el coste de combustible registradas entre el primer y segundo semestre de 2016 se repercutiera a las plantas de purines dos veces en lugar de una, desfase que podría prolongarse hasta finales de 2019.

Además de las dos sentencias del Supremo de junio del año pasado que anuló dos anexos de la orden de parámetros retributivos, una nueva resolución de este tribunal ha vuelto a dar la razón a la empresa Energyworks en respuesta a otro recurso en el mismo sentido y ordena a la Administración a que en un plazo de cuatro meses apruebe una nueva regulación que sustituya a la de la instalación tipo que anula ahora por ser disconforme a derecho.

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