El objetivo de la aprobación de esta ley es prohibir la utilización del "fracking" en tanto no exista una base científica o datos concluyentes que determinen con exactitud si esta técnica tiene una repercusión sobre el medio ambiente y la salud.

    El Gobierno riojano ha aplicado los principios de acción preventiva y cautela que propugnan la Unión Europea (UE) en materia de protección ambiental.

    El principio de acción preventiva implica la posibilidad de adoptar medidas de protección del medio ambiente antes de que se haya producido el daño, siempre que se constate científicamente la existencia de un peligro real de deterioro ambiental.

    La autorización ambiental integrada o la evaluación de impacto ambiental serían técnicas preventivas, ha añadido el consejero, para quien el principio de cautela refuerza esa acción preventiva al permitir la actuación en aras de la reducción de los posibles riesgos ambientales, sin necesidad de que exista plena certeza científica.

Hay riesgos potenciales para el medio ambiente


    Este principio, tal y como argumenta el anteproyecto de Ley en su exposición de motivos, se refiere a casos en los que se han identificado riesgos potencialmente peligrosos para el medio ambiente derivados de un fenómeno, producto o proceso, pero la información científica es "incierta", por lo que no puede asegurarse con certeza cual es el nivel de gravedad.

    Ha incidido en que en La Rioja no se ha autorizado ni se ha utilizado la técnica de fracturación hidráulica porque, como ocurre en el yacimiento de Sotés, se trata de gas convencional, por lo que se recurre a la técnica de extracción tradicional que no es agresiva para el entorno, los acuíferos o el paisaje.

    A partir de la entrada en vigor de la ley, que se remitirá al Parlamento regional para su debate y posterior aprobación en lectura única y por el trámite de urgencia, el empleo de la fractura hidráulica y la concesión de permisos para su uso se considerarán infracciones muy graves, que podrán ser sancionadas con una multa de entre 250.000 y 2,5 millones de euros.

    En el caso de que la cuantía de la multa sea inferior al beneficio económico obtenido por la infracción, la sanción podría incrementarse, como mínimo, hasta el doble del importe del beneficio obtenido.

    También está prevista la imposición de multas coercitivas si una vez realizado el requerimiento por parte de la administración, no se suspende la actividad o no se repara el daño realizado.

    El debate social y científico que se ha generado en torno a los posibles efectos nocivos que ocasiona en el medio ambiente o la salud ha motivado que varios países europeos, como Francia, Holanda, Alemania y Bulgaria, hayan establecido moratorias o prohibiciones sobre el uso del "fracking" para la investigación y extracción de gas no convencional.

    En España, el Gobierno de Cantabria ha sido el primero en aprobar una Ley que prohíbe el empleo de esta técnica, ha subrayado Nagore, quien se ha referido a que existen dudas sobre los efectos del "fracking" en el medio ambiente y en la salud; además de que existe un vacío legislativo al respecto.

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