EFE.- La marea negra causada por el hundimiento del petrolero -63.000 toneladas de fuel vertidas- afectó a 2.980 kilómetros de costa, a 1.137 playas, 450.000 metros cuadrados de roca se impregnaron de chapapote, 526 toneladas de fuel se depositaron en los fondos de la plataforma continental, y hubo una mortalidad estimada de 115.000 a 230.000 aves marinas, entre otras afecciones.

   "No debe ser verdad que hasta las cosas ciertas puedan probarse, porque en este procedimiento, tras casi 10 años de instrucción y 9 meses de juicio oral, sólo se han probado aspectos adjetivos de lo ocurrido pero no los sustanciales desde la perspectiva del derecho penal", afirma el primer párrafo de los fundamentos jurídicos del fallo.

   A continuación se enumeran algunas de los argumentos y datos recogidos en la resolución del tribunal, divulgada el miércoles:

   1.- Desde la perspectiva del derecho penal, el tribunal explica que pese a haberse demostrado negligencias e infracciones, de ello no se infiere la existencia de una responsabilidad penal.

   2.- Pese a la multitud de informes, casi todos reconocían que no podían determinar con exactitud las causas de la avería ocurrida en el "Prestige". Nadie puede negar el fallo estructural del petrolero, "pero nadie ha podido demostrar dónde se produjo exactamente ni por cuál razón".

   3.- No basta con apreciaciones simplemente visuales, ni con pareceres de técnicos que no han examinado en detalle las estructuras.

   4.- En cualquier caso, se certificó la habilidad del buque para navegar con normalidad y, pese a ello, el fallo estructural no tuvo otro origen que las deficiencias de su mantenimiento y control.

   5.- Según el Ministerio de Fomento "la causa determinante del accidente fue un fallo estructural en la zona de los tanques de lastre número 2 (popa) y 3, ambos de estribor.

   6.- Fomento reconoce que el buque pasó todos los controles, asegurando que la corrosión era evidente.

   7.- El tribunal rechaza la tesis de que el "Prestige" forme parte de un grupo o flota de buques viejos, inadecuados para su fin originario pero que funcionan a bajo coste y con pingües beneficios por lo que operadores desaprensivos se sirven de ello, amparándose en banderas de conveniencia para mantener un tráfico arriesgado.

   8.- La bandera de Bahamas, llamada de conveniencia, parece que está considerada a nivel mundial de forma positiva, incluso mejor que el abanderamiento español.

   9.- El "Prestige" estaba dotado de certificados y documentación para navegar legalmente. "Es verdad que algunas empresas no lo aceptaban (REPSOL y BP por ejemplo) y que tenía limitado el acceso a algunos países y puertos.

   10.- El temporal cuando ocurrieron los hechos era duro, pero fue afrontado con éxito por otros muchos buques esos mismos días y el "Prestige" navegaba con lentitud pero con aparente seguridad.

   11.- Así que navegar en un buque aparentemente adecuado en condiciones duras pero aceptables para los navegantes experimentados no parece ninguna clase de imprudencia.

   12.- El control del petrolero estaba encomendado a la entidad ABS, que, como otras entidades de esa clase, es una empresa privada que controla la posibilidad de navegación mercante en gran parte del mundo. Es una actividad sumamente lucrativa, que gestiona un enorme poder.

   13.- Parece poco funcional que entidades privadas gestionen estos controles.

   14.- Los tripulantes no actuaron dolosamente. Ni quisieron hundir el barco ni conocían sus deficiencias estructurales; se limitaron a asumir una navegación arriesgada en términos que no pueden ser tachados de imprudentes.

   15.- Sobre la decisión de alejar el buque de la costa, el fallo afirma que, desde un punto de vista lógico, esa decisión dio lugar a una inusitada extensión de las zonas afectadas por los vertidos y que, si se hubiese refugiado en un puerto o ría gallega, se reduciría la afección. Pero si se examinan con detalle esas cuestiones, el argumento no resiste otras precisiones.

   16.- No falta quien afirme que el vertido en contacto con el mar se degrada, se fragmenta y pierde capacidad contaminante, lo cual permitía afrontar con más eficacia la solución de la llamada marea negra, algo discutible, pero que no parece un desatino.

   17.- La alternativa del refugio ha sido la más debatida. Para empezar hay dos afirmaciones contrapuestas: de un lado se dice que era la única decisión lógica que reduciría los perjuicios y coste y, de otra, se sostiene que esa decisión era técnicamente arriesgada e inviable y que sería ilegal el refugio en las condiciones en que se hallaba el Prestige, bien por afectar a espacios naturales o a poblaciones.

   18.- La entrada en A Coruña se descarta por las precarias condiciones de acceso a ese puerto; a Vigo tampoco era factible por la proximidad de un parque natural, y la otra alternativa, el seno de Corcubión, es la que concitaba más adhesiones.

   20.- Tal vez la exclusión de puertos de refugio obedezca a intereses de orden público, a dificultades técnicas o la imposibilidad real de tomar decisiones preventivas, pero en cualquiera de esas alternativas es imposible atribuir ninguna responsabilidad penal por imprudencia y menos por dolo eventual al entonces Director General de la Marina Mercante.

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