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El BOE publica la Orden de convocatoria de ayudas financieras al sector agrario. - Agricultura



El BOE publica la Orden de convocatoria de ayudas financieras al sector agrario.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para facilitar el acceso a la financiación.


11/03/2010 (Noticia leida 752 veces)

EFE-El BOE recuerda que en la actualidad, la economía atraviesa una situación de escasez de crédito en los mercados financieros que dificulta a agricultores y ganaderos el acceso a este factor de producción, fundamental para el funcionamiento de sus empresas.

Explica que mediante esta Orden se establecen las bases reguladoras de las ayudas para financiar el coste de los avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (Saeca) que son necesarios para la obtención de préstamos, con el objetivo de fortalecer la viabilidad y funcionamiento de la empresa agraria.

Se incrementará el apoyo a los titulares de los préstamos que se acogieron a la subvenciones previstas en la Orden APA/165/2008, de 31 de enero, para que puedan acordar con las entidades financieras prolongar hasta en dos años más el periodo de amortización.

Los periodos podrían ser de carencia para el pago del principal, en cuyo caso el plazo de amortización de los referidos préstamos se podrá prolongar hasta tres años.

Se considera oportuno incluir una carencia especial de hasta dos años para los titulares de los préstamos concedidos al amparo de los Reales Decretos 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias y el 204/1996, de 9 de febrero, cuya finalidad es aliviar las dificultades de tesorería.

Respecto a la línea de subvenciones en forma de bonificación de costes de los avales a nuevos préstamos, indica que podrán acogerse a las ayudas los titulares de explotaciones que suscriban préstamos con entidades financieras avalados por Saeca.

Las ayudas consistirán en la financiación del coste de la comisión de gestión de los avales de Saeca, hasta un máximo del 1% anual del saldo vivo de los primeros 50.000 euros de préstamo por titular, bien sea persona física o jurídica, y cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.

La dotación máxima para esta línea de ayudas será de 11.000.000 euros para todo el periodo de vigencia de los avales, que se financiarán con cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Respecto a la línea de subvenciones por ampliación del periodo de amortización de los préstamos suscritos al amparo de la Orden APA/165/2008, indica que podrán acogerse los titulares que hubiesen formalizado préstamos según dicha Orden y con las respectivas normas reguladoras de las Comunidades Autónomas.

La dotación máxima para esta línea de ayudas será de 4.500.000 euros, que se financiarán con cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Respecto a la línea de subvenciones para la financiación de la carencia especial para los titulares de los préstamos suscritos al amparo de los Reales Decretos 613/2001 y 204/1996 explica que podrán acogerse los titulares que hayan suscrito un préstamo que se encuentre en período de amortización para la mejora y modernización de las estructuras de producción.

En este apartado, explica que se podrá establecer una carencia especial de hasta dos años de duración y que, durante ese periodo, el prestatario no deberá abonar ni el principal ni los intereses correspondientes al capital pendiente de amortizar.

La financiación de este capítulo será con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, hasta 21.000.000 euros.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

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