Durante la resto del año esta actividad está prohibida, salvo autorización expresa del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural.

      Con la entrada en vigor de este decreto, que el jueves día 26 se puso en conocimiento del Pleno, no habrá período de excepcionalidad y la quema estará prohibida permanentemente.

      Sólo de forma excepcional se podrán autorizar quemas vegetales por motivos fitosanitarios cuando haya peligro de infección y la autoridad competente en sanidad vegetal determine que es necesaria la quema de los restos sin moverlas de lugar.

(Foto: Archivo herencia.net)

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