EFE.- Según estos datos, más de un tercio de las personas que trabajan en las explotaciones agrarias familiares son mujeres, pero en el 71,19 por ciento de los casos los titulares de las explotaciones son hombres y la mujeres figura en la categoría de "ayuda familiar"

La Delegación del Gobierno recuerda que esta ley está destinada a favorecer la igualdad efectiva de género en el medio rural mediante el reconocimiento jurídico y económico de la participación en la actividad agraria.

La constitución de la titularidad compartida de una explotación agraria no altera el régimen jurídico de los bienes y derechos que la conforman ni el régimen jurídico matrimonial o pactos patrimoniales de las parejas de hecho ni el régimen sucesorio.

La Ley ofrece, entre otros beneficios, la posibilidad de que la administración, representación y responsabilidad de la explotación pueda ser ejercida por ambos titulares.

Para que la titularidad compartida produzca estos efectos jurídicos, será precisa su inscripción previa en el Registro de Titularidad Compartida que establezca cada Comunidad Autónoma, y luego será ésta quién comunique al Ministerio de Medio Ambiente y medio Rural y Marino aquellos registros que se vayan produciendo.

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