El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) ha publicado este miércoles 14 marzo en el BOE la Orden APM/245/2018 de 7 de marzo por la que se regula la ayuda a la reestructuración y/o reconversión de viñedo en Cataluña para el período comprendido entre 2019 hasta 2023.

Estas ayudas van a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el Feaga y el Feader.

Sólo se concederá para replantación de viña, reconversión varietal o mejora de las técnicas de gestión de viñedos

Podrán acogerse a este programa las personas titulares de parcelas que se destinen a la producción de uva para vinificación, si bien la titularidad deberá constar en el registro vitivinícola de Cataluña antes del inicio de las actuaciones.

La ayuda para la reestructuración y reconversión del viñedo sólo se podrá conceder para una o más de las actividades siguientes: replantación de viña, reconversión varietal o mejora de las técnicas de gestión de viñedos.

Ha concretado que la comunicación de finalización de las operaciones por parte de una persona beneficiaria y la solicitud del pago correspondiente se deberán presentar antes del 31 de julio de la campaña indicada en la solicitud.

Sin embargo, para las solicitudes de los últimos años del periodo 2019-2023, la comunicación de plantación no se podrá presentar posteriormente al 31 de julio de 2023, ha puntualizado.

El pago a las personas beneficiarias se realizará de acuerdo con el artículo 25 y a ser posible durante el ejercicio en que se finaliza la operación, o «como muy tarde en un plazo máximo de doce meses desde la fecha de la presentación de la comunicación de finalización válida y completa, sin que en ningún caso el pago de la operación se prolongue más allá del ejercicio financiero 2023»

×