Aunque la Comisión de Agricultura del Parlamento Europeo aprobó el 3 de mayo la inclusión de los pastos mediterráneos dentro de la definición de pastos permanentes, lo que ayudaría a ecosistemas como la dehesa española a la percepción de ayudas comunitarias de la PAC, dicha Comisión ha publicado una comunicación de fecha 12/05/2.017 en el que informa de las modificaciones que ha propuesto la CE y las enmiendas aprobadas en el Parlamento Europeo de cara al Reglamento Onmibus donde no se varía la definición anterior de pastos, por lo que se cierra la puerta a que se pueda considerar como superficie de pastos las situadas en la dehesa o en el monte mediterráneo.

Según ha denunciado la Unión de Extremadura, en el documento se puede apreciar que la enmienda 69 al Reglamento 1.307/2013 que modifica la definición de pastos permanentes y pastizales permanentes, la Comisión propone «exactamente la misma definición que teníamos en el reglamento causante de dichas multas y que las enmiendas aprobadas por parte del Parlamento Europeo en ningún sentido se pudiera deducir que las superficies ocupadas por encinas, alcornoques  u otros árboles del bosque mediterráneo o de la dehesa se pudieran computar como superficie de pastos para la alimentación del ganado».

«El no reflejar de manera explícita esta situación provocará en el futuro males entendidos y otra batería de sanciones»

Ante esta situación, la organización agraria considera que «tendríamos que dejar de hacer declaraciones en base a promesas y exigir que en los Reglamentos tanto del Consejo y del Parlamento, como de la Comisión quede de manera clara la definición de pastos permanentes, en la que de manera expresa se contemple las superficies ocupadas por encinares y otras especies compatibles con la alimentación animal. El no reflejar de manera explícita esta situación provocará en el futuro males entendidos y otra batería de sanciones a agricultores y ganaderos de la Región».

Por ello, la Unión de Extremadura exige a las administraciones regionales, nacionales y comunitarias la claridad en las definiciones para evitar las situaciones descritas.

Cabe recordar que Extremadura ha sido multada dos veces en los periodos 2007/2008 con 10,4 millones de € y en el 2009/2013 con 80 millones por no aplicar descuentos a las superficies de pastos, en especial por no descontar la superficie que ocupan encinas y alcornoques de la dehesa que según la normativa comunitaria son superficies que no producen alimentación para el ganado.

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