A Ciudadanos le siguen sin cuadrar las cuentas en el tema del porcino ibérico. Si ha comenzado la legislatura cuestionando la autenticidad de la pureza de los animales inscritos en el Libro Genealógico del cerdo ibérico, hecho que provocó un monumental enfado de la Asociación Española de Criadores de Cerdo ibérico, Aeceriber, ahora de nuevo su diputado Toni Cantó ha presentado una pregunta parlamentaria al Gobierno para que explique los motivos que han propiciado el vertiginoso incremento de los sacrificios de animales de la variante comercial denominada como cebo de campo ibérico durante los dos últimos años.

Cantó puntualiza que «desde su habilitación normativa en el año 2007, esta modalidad productiva registraba una media de sacrificios anuales de unos 34.000 animales, pero que tras la reforma consumada por Arias Cañete en enero de 2014, se han contabilizado 843.891 sacrificios, de modo que desglosados fueron 310.449 ejemplares durante el año 2014 y 533.442 a lo largo del 2015”.

Toni Cantó quiere saber «¿qué es una explotación de cebo en instalación intensiva al aire libre?”

El diputado de la formación naranja atribuye este «sorprendente y desorbitado crecimiento» al manejo de una excepcional e innovadora fórmula productiva, –aprobada y acomodada por Arias Cañete en la última remodelación legislativa del sector, [R.D. 4/2014]–, que «permite cebar esta clase de ejemplares con pienso pero en novedosas instalaciones intensivas al aire libre con una carga ganadera de 100 animales/ha».

Esta insólita medida, anima a Cantó a preguntar al Ejecutivo, «¿qué es una explotación de cebo en instalación intensiva al aire libre?”, habida cuenta que esta clase de recintos industriales no figuran incluidos en el marco normativo que define las explotaciones, animales y clase de ganado asegurable, según explica el diputado naranja.           .

Pero según asegura Cantó, en otro de los párrafos de su escrito al Gobierno, “el nuevo y excepcional recurso productivo, delimitado y predicado en el inciso número 2, del artículo 7, de la reformada Norma de Calidad del Ibérico, no concuerda con las directrices barajadas en el ordenamiento jurídico aplicable de manera obligatoria a este tipo de animales que con posterioridad darán origen a los productos con la designación cebo de campo ibérico, puesto que para ello, el ganado debe ser atendido, manejado y cebado de manera permanente en régimen extensivo (campo) durante los últimos sesenta días antes de su sacrificio.  O expresado de otro modo, la piara ibérica debe de estar emplazada constantemente en un área de campo continua, determinada y acreditada, albergando y sustentando una cantidad máxima de 15 cerdos/ha. con aprovechamiento directo de los recursos agroforestales del terreno, más el aporte y sustento de piensos compuestos”.

El Diputado de Ciudadanos, afirma igualmente que la legislación básica de ordenación de la producción en explotaciones de porcino extensivas (campo) contenida en el R. D. 1221/2009, deja bien a las claras, “que cuando se supere la carga ganadera autorizada de 15 animales/ha. en su fase final de cebo, la instalación se considerará dentro del ámbito de acción aplicable a las explotaciones intensivas, –R.D. 324/2000–, aunque los animales se encuentren en un régimen de producción al aire libre”. Razón por la cual el Parlamentario de la formación naranja interpela al Ejecutivo, “¿si considera el Gobierno ajustada a Derecho la nueva ordenación productiva, dado que desde el año 2007, la regulada carga ganadera admisible por hectárea solo es de 15 ejemplares?”.

En vista de que la reformada normativa sectorial, (art. 7, del R.D. 4/2014) consiente y ampara esta inconcebible dualidad productiva, pues permite engordar animales designados igualmente como de cebo de campo en explotaciones parcelarias catalogadas oficialmente como de producción extensiva, con una densidad máxima de 15 cerdos/ha. y también en terrenos normalizados para el engorde en modo intensivo, con una concentración pecuaria de 100 individuos/ha. Toni Cantó subraya, “que nos encontramos ante dos modalidades productivas de muy variada naturaleza y sujetas a enfrentados principios de dependencia normativa”, por lo que consulta “¿si el Gobierno cree que es correcto el encajamiento de la nueva composición productiva, informada y sancionada con meridiana claridad en el pasaje número 2, del artículo 7, del R. D. 4/2014?”.

DESDE “PRACTICAS PRODUCTIVAS DESLEALES” A UN “SOLAPADO FRAUDE AL CONSUMIDOR”

Según se desprende de la pregunta parlamentaria, lejos de favorecer el desarrollo armónico del sector ganadero, la novedosa modalidad promueve y fomenta las prácticas productivas totalmente desleales, por cuanto introduce un elemento totalmente discriminatorio con todos aquellos industriales que posean una explotación catalogada y ordenada como de producción en régimen extensivo, –15 ejemplares/ha.–, ya que en ningún caso se podrán acoger y alistar libremente al ceremonial productivo de los 100 cerdos/ha. que queda reservado en exclusiva para engrandecer, aún más, a todos aquellos titulares de instalaciones clasificadas como de cebo en régimen intensivo.

CEBO DE CAMPO 1Este explicito apoyo normativo a las producciones en indefinidas “explotaciones de cebo intensivas al aire libre” con altas concentraciones pecuarias, –100 individuos/ha.–, lleva a Cantó a preguntar al Ejecutivo de Rajoy, “¿si considera el Gobierno que al establecerse estas dispares cargas ganaderas se podrían dar prácticas de competencia desleal para con el grupo de los criadores en régimen extensivo de este concreto tipo de animales al no poder acogerse libremente a la modalidad que ocasionalmente consideren como más favorable y beneficiosa?”.

Pero además, la nueva fórmula productiva va claramente en contra del bolsillo de todos los grupos de compra, ya que estos pagarán siempre al mismo precio un producto que proviene de unos animales que han sido engordados mediante dos divergentes y dispares sistemas productivos, [extensivo e intensivo, que la actual Ley Cañete equipara indebidamente] dado que la reglamentación sectorial en ningún momento exige su diferenciación en las etiquetas, cuestión que aprovecha Cantó para formular otra de sus preguntas, “¿considera el Gobierno que es correcto mercantilizar un producto denominado comercialmente como de cebo de campo ibérico cuando este tipo de elaborados cárnicos se ha obtenido igualmente de la canal de animales engordados en explotaciones empadronadas como de régimen intensivo?

Ahondando en el problema, cabe destacar que ni el Ministerio de Agricultura, ni mucho menos el Gobierno, han tenido presente los fatídicos daños que esta novedosa concesión productiva ocasionará al medio ambiente, puesto que al incrementar ostensiblemente la densidad ganadera por hectárea, –100 cochinos–, las emisiones liberadas a la atmósfera de gases de efecto invernadero aumentarán de un modo exponencial, razón por la cual concluye Cantó consultando, “¿si ha estudiado el Gobierno las posibles consecuencias medioambientales que podrían darse de estos procesos productivos?”.

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